Ayuntamiento Otívar

Edicto sobre el acuerdo de "REHABILITACIÓN AUTONÓMICA"

on .

Declarada Otivar como Municipio de REHABILITACIÓN AUTONÓMICA para el año 2009 y por tanto se acuerda abrir el plazo de presentación de solicitudes de Calificación de Rehabilitación Autonómica, que comprenderá desde el 23 de febrero al 23 de marzo (inclusive) de 2009.

EDICTO

DON FRANCISCO ROBLES CARRASCOSA, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE OTIVAR.-

HACE SABER :

Que por Resolución de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Junta de Andalucía ha sido declarado Otivar como Municipio de REHABILITACIÓN AUTONÓMICA para el año 2009.

 

Que para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 82.3 de la Orden de 10 de noviembre de 2008 de desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de vivienda y suelo del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012, esta Alcaldía dictó Resolución de fecha 11 de febrero de 2009, acordando :

PRIMERO.- Abrir el plazo de presentación de solicitudes de Calificación de Rehabilitación Autonómica, que comprenderá desde el 23 de febrero al 23 de marzo (inclusive) de 2009.
SEGUNDO.- Aprobar los siguientes criterios de baremación y aprobación de las solicitudes:
A partir de la puntuación máxima posible a alcanzar por las solicitudes, se consideran los siguientes criterios de referencia para la baremación y valoración de solicitudes con sus correspondientes porcentajes referidos a dicha puntuación:

1. Criterios relacionados con la finalidad de la obra, hasta un 35% de la puntuación total máxima, de acuerdo a los siguientes supuestos:
1.1.- Obras cuya finalidad incluya una o varias de las correspondientes a las letras a), b), c) y d) relacionadas en el artículo 70.1 del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012: 35% de la puntuación total máxima.
1.2.- Obras no incluidas en el supuesto anterior y cuya finalidad incluya una o varias de las correspondientes a las letras e) y f) relacionadas en el artículo70.1 del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 : 20% de la puntuación total máxima.
1.3.- Obras no incluidas en los supuestos anteriores y cuya finalidad incluya una o varias de las correspondientes a las letras g), h) relacionadas en el artículo 70.1 del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012: 10% de la puntuación total máxima.

2.- Criterios socioeconómicos, hasta un 35% de la puntuación total máxima, de acuerdo a los siguientes supuestos:
2.1.- Cuando los destinatarios de la actuación tengan ingresos de hasta 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, calculados de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012: 20% de la puntuación total máxima.
2.2.- Cuando los destinatarios de la actuación estén incluidos en alguno de los siguientes supuestos de los contemplados en el artículo 3.2 del Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012: jóvenes, mayores de 65 años, personas con discapacidad, victimas de terrorismo, victimas de la violencia de género, familias monoparentales, personas procedentes de rupturas de unidades familiares,familias numerosas, unidades familiares con personas en situación de dependencia, emigrantes retornados y otras familias en situación o riesgo de exclusión social: 15% de la puntuación total máxima.

3.- Criterios relacionados con no haber obtenido ayudas del Programa de Rehabilitación Autonómica, hasta un 20% de la puntuación total máxima, de acuerdo a los siguientes supuestos:
3.1.- Actuaciones que no hayan obtenido con anterioridad ayudas para la misma vivienda: 20% de la puntuación total máxima.
3.2.- Actuaciones que no hayan obtenido ayudas para la misma vivienda en los últimos cinco años: 10% de la puntuación total máxima.
4.- Criterios relacionados con las características de las viviendas, hasta un 10% de la puntuación total máxima, de acuerdo con el siguiente supuesto:
4.1.- Actuaciones en viviendas localizadas en edificios que cuenten con algún nivel de protección en el planeamiento urbanístico o que estén incluidos en el ámbito de un Bien de Interés Cultural: 10% de la puntuación total máxima.


LO QUE, EN CUMPLIMIENTO DE LA CITADA ORDEN 10 DE NOVIEMBRE DE 2008, SE HACE PÚBLICO PARA GENERAL CONOCIMIENTO.-

Otivar, a 11 de febrero de 2009

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